AMPLIACIÓN DEL PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR

Paula Gómez Sandoval

El Gobierno ha aprobado la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor a 19 semanas para cada progenitor, una medida que entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Esta iniciativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante el Real Decreto-ley 4/2025, de 29 de julio, forma parte de las políticas impulsadas para reforzar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, fomentar la corresponsabilidad y avanzar en igualdad.

¿En qué consiste la ampliación?

La duración del permiso pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor, lo que supone una ampliación de 3 semanas adicionales. Estas semanas serán intransferibles y retribuidas al 100%, igual que en el sistema actual.

¿Cómo se podrán disfrutar?

En ese sentido, la distribución de semanas para las familias biparentales queda de la manera siguiente:

  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción de carácter obligatorio.
  • 11 semanas a libre disposición, a disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor.
  • 2 semanas para el cuidado de menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

En el caso de familias monoparentales, la distribución es la misma, pero con distinta duración:

  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción.
  • 22 semanas a libre disposición que podrán disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor
  • 4 semanas para el cuidado del hijo/hija que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

Compatibilidad y flexibilidad

El nuevo decreto permite, igual que hasta ahora, que el disfrute de estas semanas sea a jornada completa o parcial, previo acuerdo con la empresa. También contempla que ambos progenitores puedan disfrutar de sus periodos simultáneamente o en diferentes momentos, fomentando la corresponsabilidad y adaptándose a las necesidades de cada familia.

Medida de impulso a la corresponsabilidad

Este avance se enmarca en las directrices del Plan Corresponsables y responde a las recomendaciones europeas sobre conciliación. Tal como subraya el texto legal, el objetivo es eliminar desigualdades persistentes en el uso de los permisos entre hombres y mujeres, que repercuten negativamente en el desarrollo profesional femenino.

Otras medidas complementarias

El decreto también incluye medidas para mejorar la protección social de las familias y facilitar la reincorporación al trabajo tras el permiso. Entre ellas:

  • Derecho a adaptar la jornada laboral por motivos de conciliación.

  • Refuerzo de las garantías de no discriminación por razones familiares.

  • Posibilidad de acumular el permiso con otras medidas de conciliación previstas en convenios colectivos.

Entrada en vigor y aplicación

El Real Decreto-Ley de ampliación del permiso de maternidad y paternidad entra en vigor el 31 de julio de 2025.

También contempla una aplicación retroactiva para familias con niñas y niños nacidos/adoptados a partir del 2 de agosto de 2024 (fecha límite para la retribución de permisos de la Directiva 1158/2019), quienes podrán beneficiarse de las dos semanas retribuidas, o cuatro en el caso de monoparentalidad/monomarentalidad, para el cuidado del menor, hasta que éste cumpla los ocho años de edad.

La solicitud de estas semanas, así como la prestación económica correspondiente podrá realizarse a partir de enero de 2026 y no requiere de un nuevo reconocimiento del derecho.

📌 Fuente: BOE-A-2025-15741. Real Decreto-ley 4/2025, de 29 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de permisos por nacimiento y cuidado del menor. Puedes consultarlo aquí.

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